El sello

La Constitución de 1958 Marca distintiva y símbolo de autoridad, el sello, durante la Edad Media y en el Antiguo Régimen, es privativo de los diferentes poderes, civiles o religiosos, y del monarca mismo. Hoy, el uso del sello está reservado a ocasiones solemnes como la firma de la Constitución y, eventualmente, de sus enmiendas. El sello actual de la República Francesa es el de la Segunda República, acuñado en 1848.

Los Sellos de la República Durante el Antiguo Régimen, el canciller, gran oficial de la Corona, segundo por su dignidad después del condestable, es un personaje esencial. Inamovible, no lleva luto a la muerte del Rey, mientras el sello del difunto es ritualmente destruido. Encargado de la custodia material de las matrices de los sellos, preside el sellado de las actas, que moviliza a muchas personas.

6 de octubre de 1958 - Michel Debré sellando la Constitución de la Quinta República En 1718, el canciller se instala en un palacete situado en la Plaza Vendôme (París), que sigue siendo hoy la residencia del "Custodio de los sellos", título que designa al ministro de Justicia en Francia. Durante la Revolución, el sello de Luis XVI fue fundido para recuperar el oro de que estaba hecho. Un decreto de 1792 fijó por primera vez el contenido del primer sello de la República: una mujer de pie sostiene una pica con un bonete en forma de colmena, y con el otro brazo un haz de los lictores.

Prensa para sellar la Constitución. Napoleón creó un sello que ostentaba los motivos típicos del Imperio, como las abejas y la corona imperial.

Los reyes Luis XVIII y Carlos X impusieron una iconografía semejante a la del Antiguo Régimen, con las flores de lis. En cambio, Luis Felipe adoptó la bandera tricolor, junto a las armas de la familia de Orleans.

Prensa con la que se selló la Constitución de 1958. Un decreto del 8 de septiembre de 1848 define el sello de la Segunda República, que sigue en uso actualmente. El grabador de las monedas, Jean-Jacques Barré, ejecuta el nuevo sello del Estado, sin respetar exactamente los términos del decreto, y en particular la posición de las inscripciones. Una mujer sentada, emblema de la Libertad, lleva en su mano derecha un haz de los lictores, mientras empuña con su izquierda un timón, sobre el cual está encaramado un gallo (emblema galo) con una pata apoyada en un globo. Una urna con las iniciales SU recuerda la gran novedad que fue la adopción del sufragio universal directo en 1848. Al pie de la Libertad se ven atributos de las bellas artes y de la agricultura.

El sello lleva en su anverso la inscripción "República Francesa democrática, una e indivisible", y en su reverso dos fórmulas: "En nombre del pueblo francés" e "Igualdad, fraternidad, libertad".

El decreto de 1848 define también el tipo de sellos o de timbres que deben usar ordinariamente los tribunales y los notarios.

La Tercera, la Cuarta y la Quinta República han conservado el mismo sello. Durante la Cuarta República, aparentemente, sólo se estampó el sello en la Constitución. Desde 1958, la Constitución y algunas leyes constitucionales que la modifican han sido objeto de una presentación solemne, con un sello de cera amarilla que cuelga de una cinta de seda tricolor.

La prensa que sirve para estampar el sello se conserva en el despacho del ministro de Justicia, es decir, del "Custodio de los Sellos".





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